viernes, 16 de abril de 2021

2. CLASIFICACION DEL DERECHO FISCAL EN MÉXICO.

El Estado debe de implementar normas jurídicas fiscales para poder realizar las imposiciones tributarias, y estas deben de establecerse en la legalidad, reglamentadas en leyes y normas; la forma de integración de estas normas jurídicas fiscales se estructuran formando así el Derecho Fiscal.

Como ya se mencionó la Ley Suprema del Estado Mexicano es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la cual emanan las Leyes Fiscales que establecen la obligación de las personas físicas y morales en cuanto el pago de las contribuciones para poder cubrir el gasto público, a continuación se detalla las Leyes Fiscales en México:


               Fuente: https://contadorcontado.com/2018/11/13/jerarquia-de-las-leyes-fiscales-en-mexico/ Rescatado el 15 de Abril de 2021.

Tratados internacionales y Ley de ingresos de la Federación (LIF)

Inmediatamente después de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se sitúan los Tratados  Internacionales  y la Ley de Ingresos de la Federación.

Los Tratados celebrados por México, se definen como: "acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular" (Artículo 2, inciso a), de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969), así como aquellos celebrados entre México y organizaciones internacionales. (Fuente: https://aplicaciones.sre.gob.mx/tratados/introduccion.php).

Los tratados internacionales para ser normas válidas dentro del territorio mexicano  tiene que ser parte del derecho nacional, ya se ratificándolos o creando normas internas  en la que se incorporen  sus disposiciones, por lo que el Estado Mexicano define los requisitos  de validez  bajo los cuales  serán aplicables los tratados internacionales dentro del territorio mexicano. Tomando como base lo estipulado en el artículo 133 que señala:

“Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada entidad federativa se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de las entidades federativas.”

El ordenamiento anterior establece el principio de supremacía constitucional, por lo que cualquier norma debe sujetarse  a la validez  de la carta magna, por lo que es esta  quien va a determinar  los ámbitos y las condiciones bajo las cuales el Derecho Internacional  será considerado como válido  dentro del territorio nacional.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmo en la Amparo en revisión 7798/47, t. XCVI, pág. 1639, la supremacía de la Constitución sobre los tratados internacionales en caso de un conflicto entre estos, otorgando la superioridad a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

“Los estudiosos de nuestra Constitución sostienen, invariablemente, que la misma ley suprema no fija la materia sobre la cual deben de versar los tratados y convenciones que celebre el Gobierno de la República; pero en lo que también está de acuerdo, es que la locución ‘y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma’, se refieren a que las Convenciones y Tratados no estén en pugna con los preceptos de las misma Ley fundamental, es decir, que ‘estén de acuerdo con la misma’. Es pues evidente, que todo tratado o convenio LOS TRATADOS INTERNACIONALES EN EL SISTEMA JURÍDICO MEXICANO AÑO 18- VOL. 41 NUM. I ENERO- JULIO celebrado por el Presidente de la República, así estés aprobado por el Senado, pero que contradiga o esté en oposición con los preceptos de la Constitución, en los puntos o actos en que esto acontezca, no debe tener eficacia jurídica”

 

La ley de ingresos de la Federación  (LIF)  es un ordenamiento jurídico que es propuesto por el poder Ejecutivo  y aprobado por el Poder Legislativo, se emite anualmente, y en el se establecen por concepto y cantidades los recursos que se pretenden recaudar para cubrir el gasto público  durante un ejercicio fiscal, debe de presentarse ante el Congreso de la Unión a más tardar  el 08 de Septiembre de  cada año anterior a su vigencia.

De acuerdo a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), la Ley de Ingresos deberá ser aprobada por la Cámara de Diputados a más tardar el 20 de octubre y por la Cámara de Senadores a más tardar el 31 de octubre. De acuerdo a información recabada de la página en línea del Sistema de Información Legislativa se estipula que tendrá que contener la siguiente información:

1.    Exposición de motivos donde se señale: la política de ingresos del Ejecutivo Federal; montos de ingresos en los últimos cinco ejercicios fiscales; estimación de los ingresos para el año que se presupuesta y las metas objetivo de los siguientes cinco ejercicios fiscales; explicación para el año que se presupuesta sobre los gastos fiscales, incluyendo los estímulos, así como los remanentes de Banco de México y su composición; propuesta de endeudamiento neto para el año que se presupuesta y las estimaciones para los siguientes cinco ejercicios fiscales.

Asimismo, deberá incluir la evaluación de la política de deuda pública de los ejercicios fiscales anterior y en curso; la estimación de las amortizaciones para el año que se presupuesta y el calendario de amortizaciones de los siguientes ejercicios fiscales; la estimación del saldo histórico de los requerimientos financieros del sector público para el año que se presupuesta y los siguientes cinco ejercicios fiscales.

 

2. El Decreto incluirá: la estimación de ingresos del Gobierno Federal, de las entidades de control directo, así como los ingresos provenientes de financiamiento; las propuestas de endeudamiento neto del Gobierno Federal, de las entidades y de la Ciudad de México, así como la intermediación financiera, en los términos de los artículos 73 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).

De igual manera, un apartado que señale el saldo total de la deuda contingente derivada de proyectos de inversión productiva de largo plazo, los ingresos derivados de dichos proyectos, así como, en su caso, los nuevos proyectos a contratar y su monto, por entidad y por tipo de inversión, en los términos de esta Ley y de la Ley General de Deuda Pública.

En su caso, disposiciones generales, regímenes específicos y estímulos en materia fiscal, aplicables en el ejercicio fiscal en cuestión; disposiciones en materia de transparencia fiscal e información que se deberá incluir en los informes trimestrales; aprovechamiento por rendimientos excedentes de Petróleos Mexicanos y organismos subsidiarios o de la contribución que por el concepto equivalente, en su caso, se prevea en la legislación fiscal. Asimismo, contendrá la estimación de los ingresos que generen la Comisión Reguladora de Energía, la Comisión Nacional de Hidrocarburos y la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, derivados de las contribuciones y aprovechamientos que cobren por la prestación de sus servicios.

3. Ingresos por Financiamiento. En caso de considerarse este rubro, se deberán incluir: ingresos por financiamiento; saldo y composición de la deuda pública y el monto de los pasivos; saldo y composición de la deuda del Gobierno Federal y el impacto sobre la misma del techo de endeudamiento solicitado diferenciando el interno del proveniente del exterior; saldo y composición de la deuda de las entidades y el impacto sobre la misma del techo de endeudamiento solicitado, diferenciando el interno y el externo.


De igual forma, la justificación del programa de financiamiento al sector privado y social, las actividades de fomento y los gastos de operación de la banca de desarrollo, así como los fondos de fomento y fideicomisos públicos; previsión de que, en caso de otorgarse avales y garantías, éstos se ajustarán a lo dispuesto en la normatividad aplicable; memorias de cálculo con las que se efectuaron las estimaciones presentadas; proyecciones de las amortizaciones y disposiciones a tres años en adición al ejercicio fiscal de que se trate.

Leyes específicas

El Poder Legislativo es quien tiene la facultad de promulgar las leyes, estableciendo en ellas los elementos del tributo, como son el objeto, sujeto, base, tasa o tarifa y fecha de pago. En el tercer lugar de la jerarquía del Derecho Fiscal se encuentran los siguientes ordenamientos fiscales, como:

·    Ley del Impuesto Sobre la Renta

El Impuesto Sobre la Renta es un impuesto directo, es decir, se aplica  directamente  sobre los ingresos de las actividades laborales, de la venta o renta  de bienes inmuebles, o de la prestación de servicios profesionales de los sujetos obligados que son las personas físicas y las personas morales.

Flores Zabala, Ernesto (1993) establece que la renta es el producto del capital, del trabajo o de la combinación del capital y el trabajo, de lo anterior se establece que el producto es la riqueza que ingresa al patrimonio de una persona.

La ley del Impuesto Sobre la Renta, está conformada por 205 artículos incluidos en siete títulos, y artículos transitorios. Cada Titulo  contempla las obligaciones fiscales de cada tipo de contribuyente obligado al pago de este impuesto: Personas morales, personas morales con fines no lucrativos, personas físicas, Residentes en el extranjero con ingresos provenientes de fuente de riqueza ubicada en el territorio nacional, de las entidades extranjeras controladas sujetas a regímenes fiscales preferentes y de empresas multinacionales, y por último los estímulos fiscales.

·         Ley del Impuesto al Valor Agregado

Es un impuesto indirecto, es decir que el contribuyente no lo paga directamente sino de manera indirecta, en virtud de que se aplica en las diferentes etapas de la producción  hasta su consumo final.

La Ley del Impuesto al Valor agregado se encuentra constituida por nueve Capítulos que conforman 43 artículos su objetivo primordial es señalar quienes están obligados a pagar el impuesto al valor agregado, las personas físicas o morales que dentro del territorio realicen actos o actividades de enajenación de bienes, presten servicios independientes, otorguen el uso y goce temporal de bienes o importen bienes o servicios; se establece las obligaciones de los contribuyentes que realicen los actos o actividades mencionadas en el párrafo anterior, de las facultades de las autoridades y de la participación de las entidades federativas.

·    Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios

Este ordenamiento fiscal se comprende de veintinueve artículos distribuidos en dos Títulos con sus respectivos Capítulos, dentro del Título I en el Capítulo I se hace referencia a las Disposiciones Generales, los sujetos que están obligados a pagar el impuesto especial de productos y servicios son las personas físicas y morales por la enajenación e importación, se establece el objeto del gravamen el cual se encuentra debidamente especificado en el artículo 2° de la ley que se comenta, que comprende del artículo 1° al 6° - A; el Capítulo II señala todo lo relacionado con la enajenación de los bienes estipulados en el artículo mencionado con anterioridad y va del artículo 7 al 11, en cuanto al Capítulo III se hace mención de todo lo que tenga que ver con la importación de bienes y el impuesto que se grava a dichos bienes integrado por los artículos del 12 al 16. El Capítulo IV del Título que se comenta establece el objeto del impuesto a gravar que es todo lo relacionado a los servicios, establecido dentro de los artículos 17 al 18 – A, en relación al Capítulo V este puntualiza las obligaciones de los contribuyentes comprende los artículos del 18 al 21, en lo que toca al Capítulo VI se hace mención de las facultades de las autoridades Federativas y están establecidas dentro de los artículos 22 al 26 – A y finalmente el Capítulo VII que menciona las participaciones a la Entidades Federativas que se encuentra establecido en los artículos del 27 y 28, porque el artículo 29 fue derogado.

·     Ley Federal del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos

Este impuesto federal graba el impuesto sobre vehículos nuevos, que son adquiridos por primera vez por el consumidor, así mismo las importaciones definitivas de automóviles siempre y cuando se una persona distinta al fabricante, ensamblador, distribuidor autorizado o comerciante en el ramo. Los sujetos obligados a pagar el impuesto sobre automóviles nuevos son las personas físicas o morales que enajenen por primera vez por el consumidor.

·     Ley Federal de Derechos

El objeto del impuesto son todos los servicios que presta el Estado en sus funciones de Derecho Público, las contribuciones a cargo de los organismos públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos del Estado, así como el uso o aprovechamiento de los bienes de dominio público de la Nación.

La base o cuota el monto a pagar este depende del servicio que reciba el contribuyente por parte del Estado, el cual deberá de estar relacionado con el costo total del servicio, incluso el financiero.

Los sujetos que están obligados a pagar derechos son las personas físicas o morales que requieran de algún trámite o servicio por parte de los organismos centralizados (Secretarías de Estado) o descentralizados que prestan servicios exclusivos del Estado.

·    Código Fiscal de la Federación

El Código Fiscal de la Federación se encuentra integrado por seis Títulos con sus respectivos Capítulos y Secciones constituidos del artículo primero al artículo 263; cabe señalar que el Título Sexto denominado del Juicio Contencioso Administrativo que contempla doce Capítulos del artículo 197 al 263 fueron derogados por lo que solo se encuentran vigentes dentro de este Código cinco Títulos con 196 – B artículos.

El Código Fiscal Federal es un instrumento jurídico que se deriva de la Ley Suprema en virtud de que la fracción IV del artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que es obligación de todos los mexicanos que habitan dentro del territorio nacional contribuir con los gastos de la Federación, por lo tanto el Código regula a los sujetos obligados a cumplir con el mandato Constitucional, así como las contribuciones que están sujetos a cumplir de manera obligatoria los contribuyentes, las funciones de las autoridades fiscales, las infracciones y delitos que surgen en materia fiscal, así como la garantía que tiene todo ciudadano de hacer valer sus derechos cuando estos han sido violentados y violados por actos u omisiones de la autoridad competente.

·    Reglamentos

Sánchez Piña, José de Jesús (2012) señala que el reglamento es un ordenamiento jurídico establecido por el poder Ejecutivo, toda vez que es un acto formalmente administrativo y materialmente legislativo, cuyas características es que son impersonales, generales y abstractos.

Por lo que el Reglamento es una norma jurídica expedida por el Ejecutivo Federal, cuyo fundamento se encuentra debidamente establecido en la fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que establece que una de las facultades del Presidente de la República Mexicana es promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia.

A continuación se enlistan algunos reglamentos fiscales:

§  Reglamento del Código Fiscal de la Federación

§   Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta

§   Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado

§   Reglamento de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios

§  Reglamento de la Ley de Ingresos Sobre Hidrocarburos

§   Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

§   Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

§   Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria

·    Circulares

Carrasco Iriarte, Hugo (Op., cit. Pág. 92) señala que la circular es el comunicado o aviso que emite o envía un superior a un subordinado en la que hay instrucciones, indicaciones o criterios obligatorios en materia fiscal, las circulares crea derechos y obligaciones a los particulares.

Derivado de la descripción anterior podemos concluir que una circular es un comunicado que realiza la autoridad fiscal (Secretaria de Hacienda y Crédito Público o el Servicio Administrativo Tributario) al contribuyente el cual genera derechos y obligaciones.

Fuente: http://www.sainzabogados.com.mx/doc/JERARQUIA_NORMATIVA_DE_LAS_LEYES_FISCALES_INCASAFI_2017.pdf (Recuperado el 16 de Abril de 2021)


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