El Estado debe de implementar normas
jurídicas fiscales para poder realizar las imposiciones tributarias, y estas
deben de establecerse en la legalidad, reglamentadas en leyes y normas; la
forma de integración de estas normas jurídicas fiscales se estructuran formando
así el Derecho Fiscal.
Como ya se mencionó la Ley Suprema del
Estado Mexicano es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de
la cual emanan las Leyes Fiscales que establecen la obligación de las personas
físicas y morales en cuanto el pago de las contribuciones para poder cubrir el
gasto público, a continuación se detalla las Leyes Fiscales en México:
Fuente:
https://contadorcontado.com/2018/11/13/jerarquia-de-las-leyes-fiscales-en-mexico/
Rescatado el 15 de Abril de 2021.
Tratados
internacionales y Ley de ingresos de la Federación (LIF)
Inmediatamente después de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se sitúan los
Tratados Internacionales y la Ley de Ingresos de la Federación.
Los Tratados celebrados por México, se
definen como: "acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y
regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en dos
o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación
particular" (Artículo 2, inciso a), de la Convención de Viena sobre el
Derecho de los Tratados de 1969), así como aquellos celebrados entre México y
organizaciones internacionales. (Fuente: https://aplicaciones.sre.gob.mx/tratados/introduccion.php).
Los tratados internacionales para ser
normas válidas dentro del territorio mexicano
tiene que ser parte del derecho nacional, ya se ratificándolos o creando
normas internas en la que se
incorporen sus disposiciones, por lo que
el Estado Mexicano define los requisitos
de validez bajo los cuales serán aplicables los tratados internacionales
dentro del territorio mexicano. Tomando como base lo estipulado en el artículo
133 que señala:
“Esta Constitución, las leyes del
Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de
acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la
República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión.
Los jueces de cada entidad federativa se arreglarán a dicha Constitución, leyes
y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las
Constituciones o leyes de las entidades federativas.”
El ordenamiento anterior establece el
principio de supremacía constitucional, por lo que cualquier norma debe
sujetarse a la validez de la carta magna, por lo que es esta quien va a determinar los ámbitos y las condiciones bajo las cuales
el Derecho Internacional será
considerado como válido dentro del
territorio nacional.
La Suprema Corte de Justicia de la
Nación confirmo en la Amparo en revisión 7798/47, t. XCVI, pág. 1639, la
supremacía de la Constitución sobre los tratados internacionales en caso de un
conflicto entre estos, otorgando la superioridad a la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos.
“Los estudiosos de nuestra Constitución
sostienen, invariablemente, que la misma ley suprema no fija la materia sobre
la cual deben de versar los tratados y convenciones que celebre el Gobierno de
la República; pero en lo que también está de acuerdo, es que la locución ‘y
todos los tratados que estén de acuerdo con la misma’, se refieren a que las
Convenciones y Tratados no estén en pugna con los preceptos de las misma Ley
fundamental, es decir, que ‘estén de acuerdo con la misma’. Es pues evidente,
que todo tratado o convenio LOS TRATADOS INTERNACIONALES EN EL SISTEMA JURÍDICO
MEXICANO AÑO 18- VOL. 41 NUM. I ENERO- JULIO celebrado por el Presidente de la
República, así estés aprobado por el Senado, pero que contradiga o esté en
oposición con los preceptos de la Constitución, en los puntos o actos en que
esto acontezca, no debe tener eficacia jurídica”
La ley de ingresos de la
Federación (LIF) es un ordenamiento jurídico que es propuesto
por el poder Ejecutivo y aprobado por el
Poder Legislativo, se emite anualmente, y en el se establecen por concepto y
cantidades los recursos que se pretenden recaudar para cubrir el gasto
público durante un ejercicio fiscal,
debe de presentarse ante el Congreso de la Unión a más tardar el 08 de Septiembre de cada año anterior a su vigencia.
De acuerdo a la Ley Federal
de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), la Ley de Ingresos deberá
ser aprobada por la Cámara de Diputados a más tardar el 20 de octubre y por la
Cámara de Senadores a más tardar el 31 de octubre. De acuerdo a información
recabada de la página en línea del Sistema de Información Legislativa se estipula
que tendrá que contener la siguiente información:
1.
Exposición
de motivos donde se señale: la política de ingresos del Ejecutivo Federal;
montos de ingresos en los últimos cinco ejercicios fiscales; estimación de los
ingresos para el año que se presupuesta y las metas objetivo de los siguientes
cinco ejercicios fiscales; explicación para el año que se presupuesta sobre los
gastos fiscales, incluyendo los estímulos, así como los remanentes de Banco de
México y su composición; propuesta de endeudamiento neto para el año que se
presupuesta y las estimaciones para los siguientes cinco ejercicios fiscales.
Asimismo,
deberá incluir la evaluación de la política de deuda pública de los ejercicios
fiscales anterior y en curso; la estimación de las amortizaciones para el año
que se presupuesta y el calendario de amortizaciones de los siguientes
ejercicios fiscales; la estimación del saldo histórico de los requerimientos
financieros del sector público para el año que se presupuesta y los siguientes
cinco ejercicios fiscales.
2.
El Decreto incluirá: la estimación de ingresos del Gobierno Federal, de las
entidades de control directo, así como los ingresos provenientes de
financiamiento; las propuestas de endeudamiento neto del Gobierno Federal, de
las entidades y de la Ciudad de México, así como la intermediación financiera,
en los términos de los artículos 73 y 122 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).
De igual manera, un apartado que señale el saldo total de la deuda contingente
derivada de proyectos de inversión productiva de largo plazo, los ingresos
derivados de dichos proyectos, así como, en su caso, los nuevos proyectos a
contratar y su monto, por entidad y por tipo de inversión, en los términos de
esta Ley y de la Ley General de Deuda Pública.
En su caso, disposiciones generales, regímenes específicos y estímulos en
materia fiscal, aplicables en el ejercicio fiscal en cuestión; disposiciones en
materia de transparencia fiscal e información que se deberá incluir en los
informes trimestrales; aprovechamiento por rendimientos excedentes de Petróleos
Mexicanos y organismos subsidiarios o de la contribución que por el concepto
equivalente, en su caso, se prevea en la legislación fiscal. Asimismo,
contendrá la estimación de los ingresos que generen la Comisión Reguladora de
Energía, la Comisión Nacional de Hidrocarburos y la Agencia Nacional de
Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector
Hidrocarburos, derivados de las contribuciones y aprovechamientos que cobren
por la prestación de sus servicios.
3. Ingresos por Financiamiento. En caso
de considerarse este rubro, se deberán incluir: ingresos por financiamiento; saldo
y composición de la deuda pública y el monto de los pasivos; saldo y
composición de la deuda del Gobierno Federal y el impacto sobre la misma del
techo de endeudamiento solicitado diferenciando el interno del proveniente del
exterior; saldo y composición de la deuda de las entidades y el impacto sobre
la misma del techo de endeudamiento solicitado, diferenciando el interno y el
externo.
De igual forma, la justificación del programa de financiamiento al sector
privado y social, las actividades de fomento y los gastos de operación de la
banca de desarrollo, así como los fondos de fomento y fideicomisos públicos;
previsión de que, en caso de otorgarse avales y garantías, éstos se ajustarán a
lo dispuesto en la normatividad aplicable; memorias de cálculo con las que se
efectuaron las estimaciones presentadas; proyecciones de las amortizaciones y
disposiciones a tres años en adición al ejercicio fiscal de que se trate.
Leyes específicas
El Poder
Legislativo es quien tiene la facultad de promulgar las leyes, estableciendo en
ellas los elementos del tributo, como son el objeto, sujeto, base, tasa o
tarifa y fecha de pago. En el tercer lugar de la jerarquía del Derecho Fiscal
se encuentran los siguientes ordenamientos fiscales, como:
·
Ley del Impuesto Sobre la Renta
El Impuesto Sobre la Renta es un impuesto directo, es decir, se
aplica directamente sobre los ingresos de las actividades
laborales, de la venta o renta de bienes
inmuebles, o de la prestación de servicios profesionales de los sujetos
obligados que son las personas físicas y las personas morales.
Flores Zabala, Ernesto (1993) establece que la renta es el
producto del capital, del trabajo o de la combinación del capital y el trabajo,
de lo anterior se establece que el producto es la riqueza que ingresa al
patrimonio de una persona.
La ley del Impuesto Sobre la Renta, está conformada por 205
artículos incluidos en siete títulos, y artículos transitorios. Cada
Titulo contempla las obligaciones
fiscales de cada tipo de contribuyente obligado al pago de este impuesto:
Personas morales, personas morales con fines no lucrativos, personas físicas,
Residentes en el extranjero con ingresos provenientes de fuente de riqueza
ubicada en el territorio nacional, de las entidades extranjeras controladas sujetas
a regímenes fiscales preferentes y de empresas multinacionales, y por último
los estímulos fiscales.
·
Ley del Impuesto al Valor
Agregado
Es un impuesto indirecto, es decir que el contribuyente no lo
paga directamente sino de manera indirecta, en virtud de que se aplica en las
diferentes etapas de la producción hasta
su consumo final.
La Ley del Impuesto al Valor agregado se encuentra constituida
por nueve Capítulos que conforman 43 artículos su objetivo primordial es
señalar quienes están obligados a pagar el impuesto al valor agregado, las
personas físicas o morales que dentro del territorio realicen actos o
actividades de enajenación de bienes, presten servicios independientes,
otorguen el uso y goce temporal de bienes o importen bienes o servicios; se
establece las obligaciones de los contribuyentes que realicen los actos o
actividades mencionadas en el párrafo anterior, de las facultades de las
autoridades y de la participación de las entidades federativas.
·
Ley del Impuesto Especial Sobre
Producción y Servicios
Este ordenamiento fiscal se comprende de veintinueve artículos
distribuidos en dos Títulos con sus respectivos Capítulos, dentro del Título I
en el Capítulo I se hace referencia a las Disposiciones Generales, los sujetos
que están obligados a pagar el impuesto especial de productos y servicios son
las personas físicas y morales por la enajenación e importación, se establece
el objeto del gravamen el cual se encuentra debidamente especificado en el
artículo 2° de la ley que se comenta, que comprende del artículo 1° al 6° - A;
el Capítulo II señala todo lo relacionado con la enajenación de los bienes
estipulados en el artículo mencionado con anterioridad y va del artículo 7 al
11, en cuanto al Capítulo III se hace mención de todo lo que tenga que ver con
la importación de bienes y el impuesto que se grava a dichos bienes integrado
por los artículos del 12 al 16. El Capítulo IV del Título que se comenta
establece el objeto del impuesto a gravar que es todo lo relacionado a los
servicios, establecido dentro de los artículos 17 al 18 – A, en relación al
Capítulo V este puntualiza las obligaciones de los contribuyentes comprende los
artículos del 18 al 21, en lo que toca al Capítulo VI se hace mención de las
facultades de las autoridades Federativas y están establecidas dentro de los
artículos 22 al 26 – A y finalmente el Capítulo VII que menciona las
participaciones a la Entidades Federativas que se encuentra establecido en los
artículos del 27 y 28, porque el artículo 29 fue derogado.
·
Ley Federal del Impuesto Sobre
Automóviles Nuevos
Este impuesto federal graba el impuesto sobre vehículos nuevos,
que son adquiridos por primera vez por el consumidor, así mismo las
importaciones definitivas de automóviles siempre y cuando se una persona
distinta al fabricante, ensamblador, distribuidor autorizado o comerciante en
el ramo. Los sujetos obligados a pagar el impuesto sobre automóviles nuevos son
las personas físicas o morales que enajenen por primera vez por el consumidor.
·
Ley Federal de Derechos
El objeto del impuesto son todos los servicios que presta el
Estado en sus funciones de Derecho Público, las contribuciones a cargo de los
organismos públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos del
Estado, así como el uso o aprovechamiento de los bienes de dominio público de
la Nación.
La base o cuota el monto a pagar este depende del servicio que
reciba el contribuyente por parte del Estado, el cual deberá de estar
relacionado con el costo total del servicio, incluso el financiero.
Los sujetos que están obligados a pagar derechos son las
personas físicas o morales que requieran de algún trámite o servicio por parte
de los organismos centralizados (Secretarías de Estado) o descentralizados que
prestan servicios exclusivos del Estado.
·
Código Fiscal de la Federación
El Código Fiscal de la Federación se encuentra integrado por
seis Títulos con sus respectivos Capítulos y Secciones constituidos del
artículo primero al artículo 263; cabe señalar que el Título Sexto denominado del
Juicio Contencioso Administrativo que contempla doce Capítulos del artículo 197
al 263 fueron derogados por lo que solo se encuentran vigentes dentro de este
Código cinco Títulos con 196 – B artículos.
El Código Fiscal Federal es un instrumento jurídico que se
deriva de la Ley Suprema en virtud de que la fracción IV del artículo 31 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que es
obligación de todos los mexicanos que habitan dentro del territorio nacional
contribuir con los gastos de la Federación, por lo tanto el Código regula a los
sujetos obligados a cumplir con el mandato Constitucional, así como las
contribuciones que están sujetos a cumplir de manera obligatoria los
contribuyentes, las funciones de las autoridades fiscales, las infracciones y
delitos que surgen en materia fiscal, así como la garantía que tiene todo
ciudadano de hacer valer sus derechos cuando estos han sido violentados y
violados por actos u omisiones de la autoridad competente.
·
Reglamentos
Sánchez Piña, José de Jesús (2012) señala que el reglamento es
un ordenamiento jurídico establecido por el poder Ejecutivo, toda vez que es un
acto formalmente administrativo y materialmente legislativo, cuyas
características es que son impersonales, generales y abstractos.
Por lo que el Reglamento es una norma jurídica expedida por el
Ejecutivo Federal, cuyo fundamento se encuentra debidamente establecido en la
fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que
establece que una de las facultades del Presidente de la República Mexicana es
promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo
en la esfera administrativa a su exacta observancia.
A continuación se enlistan algunos reglamentos fiscales:
§ Reglamento del Código Fiscal de la Federación
§ Reglamento de la Ley del
Impuesto Sobre la Renta
§ Reglamento de la Ley del
Impuesto al Valor Agregado
§ Reglamento de la Ley del
Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios
§ Reglamento de la Ley de Ingresos Sobre Hidrocarburos
§ Reglamento de la Ley
Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
§ Reglamento Interior de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
§ Reglamento Interior del
Servicio de Administración Tributaria
·
Circulares
Carrasco Iriarte, Hugo (Op., cit. Pág. 92) señala que la
circular es el comunicado o aviso que emite o envía un superior a un
subordinado en la que hay instrucciones, indicaciones o criterios obligatorios
en materia fiscal, las circulares crea derechos y obligaciones a los
particulares.
Derivado de la descripción anterior podemos concluir que una
circular es un comunicado que realiza la autoridad fiscal (Secretaria de
Hacienda y Crédito Público o el Servicio Administrativo Tributario) al
contribuyente el cual genera derechos y obligaciones.
Fuente: http://www.sainzabogados.com.mx/doc/JERARQUIA_NORMATIVA_DE_LAS_LEYES_FISCALES_INCASAFI_2017.pdf
(Recuperado el 16 de Abril de 2021)
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